Curso CONAMED-CODAMEDY. “Análisis del Expediente Clínico”

Curso 4 y 5 mayo3

 

El Curso “Análisis del Expediente Clínico” se llevó a cabo en Mérida, Yucatán, los días 4 y 5 de mayo de 2018, en el Auditorio del Hospital Regional de Alta Especialidad de la Península de Yucatán. Asistieron más de 300 profesionales de la Medicina y del Derecho así como Comisionados y funcionarios de las Comisiones de Arbitraje Médico de Campeche, Tabasco, Chiapas, Oaxaca, Tamaulipas y Yucatán.

 Curso 4 y 5 mayo6

Durante el Curso impartido por la Dra. Martha Estela Arellano González, Directora de la Sala de Pericial de la Dirección General de Arbitraje de la Comisión Nacional de Arbitraje Médico, se definió la Medicina Legal o Forense como: El conjunto de conocimientos médicos y biológicos necesarios para la resolución de los problemas que plantea el Derecho, tanto en la aplicación práctica de las leyes, como en su perfeccionamiento y evolución y reúne los conocimientos médicos y los jurídicos implicados con la medicina, que se aportan para la resolución de los problemas judiciales.

 Curso 4 y 5 mayo5

La Dra. Arellano mencionó que las características del acto médico implican la actividad de evaluación diagnóstica, pronóstica, de prescripción o ejecución de medidas terapéuticas, relativa a la salud de las personas, grupos o comunidades, ejercida por un médico o profesional de la salud, con libertad de decisión y con el consentimiento del sujeto o de la población.

 Curso 4 y 5 mayo2

El médico, en principio, asume una obligación de actividad, diligencia y prudencia, conforme al estado actual de la ciencia médica siendo deudor de una obligación de medios dados los elementos aleatorios, no garantiza la curación del enfermo, pero sí el empleo de las técnicas adecuadas conforme al estado actual de la ciencia médica y las circunstancias concurrentes en cada caso. La Dra. Arellano dio a conocer las diferencias entre causalidad médica y jurídica y precisó si la evolución de la enfermedad era evitable, mediante acciones médicas concretas y obligatorias que fueron omitidas, se establece una causalidad jurídica (omisión a un deber de evitación), y que se ha de responder de los daños que podían ser previstos, pero no de lo que no se hubiere podido prever, a menos que se demuestre dolo. El Curso tuvo el aval de la Facultad de Medicina de la Universidad Autónoma de Yucatán.

Presentaciones:

01 Prueba Pericial (zip)

02 Acto Médico

03 Metodología

04 Legitimación

05 Causalidad

06 Protocolo de Londres